El proyecto de ley del Código Penal que se debate en el Congreso incluirá algunos conceptos relacionados con violaciones a normas viales que no están contemplados o que no fijan sanciones en la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.

El artículo 158 del proyecto de modificación señala que quien obstaculice dolosamente el desplazamiento de una ambulancia, vehículos contra incendios o de la autoridad de orden público o en persecución del delito, sería sancionado con uno a dos años de prisión menor y multa de hasta seis salarios mínimos del sector público.

El párrafo I establece que también se impondrá pena de 15 días a un año de prisión y multa de dos salarios mínimos a los conductores que provoquen un accidente persiguiendo a una ambulancia o vehículo de socorro.

De igual manera, el párrafo II fija hasta dos años de prisión y multa de 15 salarios mínimos del sector público a los conductores que obstruyan el paso y provoquen daños graves, como la muerte o el empeoramiento de la salud del paciente trasladado.

Perseguir ambulancias es una táctica que usan algunos conductores en el país para salir rápidamente de los tapones.

El artículo 254 de la Ley 63-17 señala que todo conductor debe dar paso a los vehículos de emergencias. En caso de no hacerlo, la penalidad es únicamente una multa de uno a tres salarios mínimos.

Carreras clandestinas

Otra infracción vial que aborda el Código Penal está en el artículo 113, que establece una condena de 10 a 20 años de prisión a los conductores que provoquen la muerte de una persona durante carreras ilegales o no reguladas en lugares no autorizados. La multa oscilaría entre 20 y 30 salarios mínimos del sector público.

El párrafo I indica que, si solo se causan mutilaciones o incapacidades permanentes, la sanción será de cuatro a 10 años de prisión, con multa de 10 a 20 salarios mínimos del sector público.

Y, en caso de solo causar golpes y heridas curables dentro de 90 días, la pena será de dos a tres años de prisión y multa de hasta 15 salarios mínimos del sector público.

Consenso y procedimiento

Con la solicitud de legislatura extraordinaria por parte del presidente Luis Abinader, una comisión de legisladores, encabezada por Ricardo de los Santos, presidente del Senado, socializa el anteproyecto con la procuradora Yeni Berenice Reynoso y un grupo de fiscales, con el objetivo de diseñar un buen instrumento de persecución del delito.

Los grupos están reunidos sin horario de salida en la sede de la Procuraduría. La fecha límite para que el Congreso valide el Código Penal es el martes 5 de agosto, día final de la legislatura extraordinaria.

  • Ya la pieza fue aprobada en el Senado de la República y, una vez terminada la revisión, será sometida en la Cámara de Diputados, donde ya fue aprobada en primera discusión. Aunque fiscales y congresistas logren un acuerdo, cada legislador tiene la potestad de someter los cambios que considere.

Una vez los diputados lo aprueben, la normativa regresará al Senado para aprobar en una única lectura las observaciones. La última parada será el Palacio Nacional para su promulgación por el presidente Luis Abinader, quien también tiene la potestad de observarla, como lo hicieron sus antecesores Danilo Medina y Leonel Fernández.